2011-05-18

EN FRAUDE DE LEY

     Cuando accedí al mundo laboral existían unas condiciones y una regulación legal determinadas. Entre ellas la edad a la que podía jubilarme, el periodo de años de cotización necesarios y los años para el cálculo de la paga. Yo acepté todas estas reglas de juego tal cual, más que todo porque no me quedaba otra. Ya me hubiera gustado a mi negociarlas. Constituye, por tanto, un contrato de obligado cumplimiento entre las partes.

     Pero ahora me han cambiado las condiciones -naturalmente a peor- sin preguntar. No ha habido negociación ni por mi parte ni por parte del resto de trabajadores y autónomos que aspiramos a una jubilación y por la que venimos cotizando de una determinada manera. Ni siquiera han puesto una cláusula de enganche. O de descuelgue. Los dos sindicatos firmantes tienen una representación en torno al 5 % de la población activa, por lo que no representan a nadie. Me los veo que, al firmar y sacar las manos de los bolsillos donde guardan los cuantiosos fondos que reciben del Estado, se les han caido los pantalones debajo de las rodillas, y andan intentando taparse sus verguenzas. Lástima que no sirva para que se tropezaran y se dieran el batacazo que merecen.

     Tengo para mi que este cambio unilateral de condiciones es ilegal. Existe un principio de seguridad jurídica que se ha roto y una irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables. Ya se que esta Ley no es una norma sancionadora, pero en la práctica lo es ¡y de qué manera! Alguien debería recurrir judicialmente esta Ley. Me viene al recuerdo una sentencia de 1989 del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la tributación conjunta de las rentas familiares que venían impuestas por Ley y los Gobiernos de turno, tanto estatales como autonómicos, como los Tribunales intermedios, mantenían. La insistencia de un particular hizo que se tuvieran que cambiar varias leyes, y lo que es más importante, que tenía razón.

     Esto es trampa. Que me devuelvan el dinero.

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